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Examen 3 tema 22
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Pregunta 1 de 10
1. Pregunta
1 puntosLos servicios de asistencia a la víctima solamente podrán facilitar a terceros la información que hubieran recibido de la víctima:
Correcto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 24. Competencia y procedimiento de evaluación.
4. Los servicios de asistencia a la víctima solamente podrán facilitar a terceros la información que hubieran recibido de la víctima con el consentimiento previo e informado de la misma. Fuera de esos casos, la información solamente podrá ser trasladada, en su caso, y con carácter reservado, a la autoridad que adopta la medida de protección.
Incorrecto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 24. Competencia y procedimiento de evaluación.
4. Los servicios de asistencia a la víctima solamente podrán facilitar a terceros la información que hubieran recibido de la víctima con el consentimiento previo e informado de la misma. Fuera de esos casos, la información solamente podrá ser trasladada, en su caso, y con carácter reservado, a la autoridad que adopta la medida de protección.
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Pregunta 2 de 10
2. Pregunta
1 puntosLa valoración de las necesidades de la víctima y la determinación de las medidas de protección corresponden
Correcto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 24. Competencia y procedimiento de evaluación.
b) Durante la fase de enjuiciamiento, al Juez o Tribunal a los que correspondiera el conocimiento de la causa.
Incorrecto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 24. Competencia y procedimiento de evaluación.
b) Durante la fase de enjuiciamiento, al Juez o Tribunal a los que correspondiera el conocimiento de la causa.
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Pregunta 3 de 10
3. Pregunta
1 puntosLa valoración de las necesidades de la víctima y la determinación de las medidas de protección corresponden:
Correcto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 24. Competencia y procedimiento de evaluación.
1. La valoración de las necesidades de la víctima y la determinación de las medidas de protección corresponden:
a) Durante la fase de investigación del delito, al Juez de Instrucción o al de Violencia sobre la Mujer, sin perjuicio de la evaluación y resolución provisionales que deberán realizar y adoptar el Fiscal, en sus diligencias de investigación o en los procedimientos sometidos a la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal de los Menores, o los funcionarios de policía que actúen en la fase inicial de las investigaciones.
Incorrecto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 24. Competencia y procedimiento de evaluación.
1. La valoración de las necesidades de la víctima y la determinación de las medidas de protección corresponden:
a) Durante la fase de investigación del delito, al Juez de Instrucción o al de Violencia sobre la Mujer, sin perjuicio de la evaluación y resolución provisionales que deberán realizar y adoptar el Fiscal, en sus diligencias de investigación o en los procedimientos sometidos a la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal de los Menores, o los funcionarios de policía que actúen en la fase inicial de las investigaciones.
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Pregunta 4 de 10
4. Pregunta
1 puntos¿Qué se tendrá en cuenta a la hora de adopción de medidas de protección para víctimas menores de edad?:
Correcto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 23. Evaluación individual de las víctimas a fin de determinar sus necesidades especiales de protección.
3. A lo largo del proceso penal, la adopción de medidas de protección para víctimas menores de edad tendrá en cuenta su situación personal, necesidades inmediatas, edad, género, discapacidad y nivel de madurez, y respetará plenamente su integridad física, mental y moral.
Incorrecto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 23. Evaluación individual de las víctimas a fin de determinar sus necesidades especiales de protección.
3. A lo largo del proceso penal, la adopción de medidas de protección para víctimas menores de edad tendrá en cuenta su situación personal, necesidades inmediatas, edad, género, discapacidad y nivel de madurez, y respetará plenamente su integridad física, mental y moral.
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Pregunta 5 de 10
5. Pregunta
1 puntosSegún la naturaleza del delito y de la gravedad de los perjuicios causados, así como el riesgo de reiteración, se valorarán especialmente las necesidades de protección de las víctimas de los siguientes delitos:
Correcto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 23. Evaluación individual de las víctimas a fin de determinar sus necesidades especiales de protección.
2. Esta valoración tendrá especialmente en consideración:
b) La naturaleza del delito y la gravedad de los perjuicios causados a la víctima, así como el riesgo de reiteración del delito. A estos efectos, se valorarán especialmente las necesidades de protección de las víctimas de los siguientes delitos:
1.º Delitos de terrorismo.
2.º Delitos cometidos por una organización criminal.
3.º Delitos cometidos sobre el cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente.
4.º Delitos contra la libertad o indemnidad sexual.
5.º Delitos de trata de seres humanos.
6.º Delitos de desaparición forzada.
7.º Delitos cometidos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, enfermedad o discapacidad.
Incorrecto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 23. Evaluación individual de las víctimas a fin de determinar sus necesidades especiales de protección.
2. Esta valoración tendrá especialmente en consideración:
b) La naturaleza del delito y la gravedad de los perjuicios causados a la víctima, así como el riesgo de reiteración del delito. A estos efectos, se valorarán especialmente las necesidades de protección de las víctimas de los siguientes delitos:
1.º Delitos de terrorismo.
2.º Delitos cometidos por una organización criminal.
3.º Delitos cometidos sobre el cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente.
4.º Delitos contra la libertad o indemnidad sexual.
5.º Delitos de trata de seres humanos.
6.º Delitos de desaparición forzada.
7.º Delitos cometidos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, enfermedad o discapacidad.
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Pregunta 6 de 10
6. Pregunta
1 puntosLos Jueces, Tribunales, Fiscales y las demás autoridades y funcionarios encargados de la investigación penal, así como todos aquellos que de cualquier modo intervengan o participen en el proceso, adoptarán, especialmente, medidas:
Correcto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 22. Derecho a la protección de la intimidad.
Los Jueces, Tribunales, Fiscales y las demás autoridades y funcionarios encargados de la investigación penal, así como todos aquellos que de cualquier modo intervengan o participen en el proceso, adoptarán, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley, las medidas necesarias para proteger la intimidad de todas las víctimas y de sus familiares y, en particular, para impedir la difusión de cualquier información que pueda facilitar la identificación de las víctimas menores de edad o de víctimas con discapacidad necesitadas de especial protección.
Incorrecto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 22. Derecho a la protección de la intimidad.
Los Jueces, Tribunales, Fiscales y las demás autoridades y funcionarios encargados de la investigación penal, así como todos aquellos que de cualquier modo intervengan o participen en el proceso, adoptarán, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley, las medidas necesarias para proteger la intimidad de todas las víctimas y de sus familiares y, en particular, para impedir la difusión de cualquier información que pueda facilitar la identificación de las víctimas menores de edad o de víctimas con discapacidad necesitadas de especial protección.
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Pregunta 7 de 10
7. Pregunta
1 puntosLas autoridades y funcionarios encargados de la investigación penal velarán por que:
Correcto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 21. Protección de la víctima durante la investigación penal.
Las autoridades y funcionarios encargados de la investigación penal velarán por que, en la medida que ello no perjudique la eficacia del proceso:
a) Se reciba declaración a las víctimas, cuando resulte necesario, sin dilaciones injustificadas.
b) Se reciba declaración a las víctimas el menor número de veces posible, y únicamente cuando resulte estrictamente necesario para los fines de la investigación penal.
c) Las víctimas puedan estar acompañadas, además de por su representante procesal y en su caso el representante legal, por una persona de su elección, durante la práctica de aquellas diligencias en las que deban intervenir, salvo que motivadamente se resuelva lo contrario por el funcionario o autoridad encargado de la práctica de la diligencia para garantizar el correcto desarrollo de la misma.
d) Los reconocimientos médicos de las víctimas solamente se lleven a cabo cuando resulten imprescindibles para los fines del proceso penal, y se reduzca al mínimo el número de los mismos.
Incorrecto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 21. Protección de la víctima durante la investigación penal.
Las autoridades y funcionarios encargados de la investigación penal velarán por que, en la medida que ello no perjudique la eficacia del proceso:
a) Se reciba declaración a las víctimas, cuando resulte necesario, sin dilaciones injustificadas.
b) Se reciba declaración a las víctimas el menor número de veces posible, y únicamente cuando resulte estrictamente necesario para los fines de la investigación penal.
c) Las víctimas puedan estar acompañadas, además de por su representante procesal y en su caso el representante legal, por una persona de su elección, durante la práctica de aquellas diligencias en las que deban intervenir, salvo que motivadamente se resuelva lo contrario por el funcionario o autoridad encargado de la práctica de la diligencia para garantizar el correcto desarrollo de la misma.
d) Los reconocimientos médicos de las víctimas solamente se lleven a cabo cuando resulten imprescindibles para los fines del proceso penal, y se reduzca al mínimo el número de los mismos.
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Pregunta 8 de 10
8. Pregunta
1 puntosLas dependencias en las que se desarrollen los actos del procedimiento penal, incluida la fase de investigación, estarán dispuestas de modo que:
Correcto
<p><strong>Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.</strong></p><p>Artículo 20. Derecho a que se evite el contacto entre víctima e infractor.</p><p>Las dependencias en las que se desarrollen los actos del procedimiento penal, incluida la fase de investigación, estarán dispuestas de modo que <span style=»background-color:#f1c40f»>se evite el contacto directo entre las víctimas y sus familiares, de una parte, y el sospechoso de la infracción o acusado, de otra,</span> con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Criminal y sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos siguientes.</p>
Incorrecto
<p><strong>Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.</strong></p><p>Artículo 20. Derecho a que se evite el contacto entre víctima e infractor.</p><p>Las dependencias en las que se desarrollen los actos del procedimiento penal, incluida la fase de investigación, estarán dispuestas de modo que <span style=»background-color:#f1c40f»>se evite el contacto directo entre las víctimas y sus familiares, de una parte, y el sospechoso de la infracción o acusado, de otra,</span> con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Criminal y sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos siguientes.</p>
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Pregunta 9 de 10
9. Pregunta
1 puntos¿Quién velará especialmente por el derecho de protección de las víctimas menores de edad?:
Correcto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 19. Derecho de las víctimas a la protección.
En el caso de las víctimas menores de edad, la Fiscalía velará especialmente por el cumplimiento de este derecho de protección, adoptando las medidas adecuadas a su interés superior cuando resulte necesario para impedir o reducir los perjuicios que para ellos puedan derivar del desarrollo del proceso
Incorrecto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 19. Derecho de las víctimas a la protección.
En el caso de las víctimas menores de edad, la Fiscalía velará especialmente por el cumplimiento de este derecho de protección, adoptando las medidas adecuadas a su interés superior cuando resulte necesario para impedir o reducir los perjuicios que para ellos puedan derivar del desarrollo del proceso
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Pregunta 10 de 10
10. Pregunta
1 puntos¿Cuándo podrá ser denegada la devolución delos bienes restituibles que hubieran sido incautados en el proceso?:
Correcto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 18. Devolución de bienes.
La devolución podrá ser denegada cuando la conservación de los efectos por la autoridad resulte imprescindible para el correcto desarrollo del proceso penal y no sea suficiente con la imposición al propietario de una obligación de conservación de los efectos a disposición del Juez o Tribunal.
Asimismo, la devolución de dichos efectos podrá denegarse, conforme a lo previsto en la legislación que sea de aplicación, cuando su conservación sea necesaria en un procedimiento de investigación técnica de un accidente.
Incorrecto
Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
Artículo 18. Devolución de bienes.
La devolución podrá ser denegada cuando la conservación de los efectos por la autoridad resulte imprescindible para el correcto desarrollo del proceso penal y no sea suficiente con la imposición al propietario de una obligación de conservación de los efectos a disposición del Juez o Tribunal.
Asimismo, la devolución de dichos efectos podrá denegarse, conforme a lo previsto en la legislación que sea de aplicación, cuando su conservación sea necesaria en un procedimiento de investigación técnica de un accidente.